miércoles, 28 de abril de 2010
Recategorizacion Especial
Sujetos que se recategorizaron en enero de 2010 exteriorizando parámetros anuales superiores a los vigentes al 31/12/2009
La AFIP informa, a través de su página Web, respecto de los monotributistas que durante enero de 2010 realizaron la recategorización o modificaron datos en el régimen de monotributo consignando importes que exceden los parámetros máximos anuales establecidos hasta el 31/12/2009 (L. 25865), que los mismos debían efectuar la exclusión al régimen con anterioridad al 31/12/2009.
Por tal motivo, se informa que si aún no realizaron el trámite de exclusión, deberán efectuar la baja en el monotributo y solicitar el alta en el régimen general presentando las DDJJ de IVA y ganancias que correspondan.
Para los contribuyentes que realicen la baja en el monotributo y el alta en el régimen general, la AFIP mediante procesos automáticos, realizará la adhesión al monotributo con vigencia 1/1/2010 y la baja automática al 31/12/2009 en aquellos impuestos del régimen general en que se haya inscripto el contribuyente, y además, asignará la categoría que surja de la última recategorización o modificación de datos efectuada por el contribuyente durante el período enero del 2010, con vigencia desde el 1/1/2010.
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