miércoles, 30 de diciembre de 2009

Nuevo Regimen de Monotributo 2010

LEY (Poder Legislativo) 26565
Recursos de la Seguridad Social. Monotributo. Nuevo marco normativo
SUMARIO: Queda promulgado de hecho el nuevo texto normativo del monotributo.
El texto de este fue adelantado en el E-report del 1/12/2009.
Recordamos las principales modificaciones introducidas:
* Se posibilita el reingreso al régimen para aquellos sujetos que hayan renunciado o quedado excluidos sin que hayan transcurrido 3 años desde ese hecho.
* Se redefinen las escalas y magnitudes físicas, incorporando el monto anual de alquileres devengados según el siguiente detalle:

Cat. Ings Anuales Superfic. Energ.Elect Alquileres
B $ 24.000 30 M² 3.300 KW $ 9.000
C $ 36.000 45 M² 5.000 KW $ 9.000
D $ 48.000 60 M² 6.700 KW $ 18.000
E $ 72.000 85 M² 10.000 KW $ 18.000
F $ 96.000 110 M² 13.000 KW $ 27.000
G $ 120.000 150 M² 16.500 KW $ 27.000
H $ 144.000 200 M² 20.000 KW $ 36.000
I $ 200.000 200 M² 20.000 KW $ 45.000

Para el caso de venta de bienes muebles, se incorporan las siguientes categorías con el requisito adicional de cantidad mínima de empleados en relación de dependencia y en tanto no superen los parámetros de superficie afectada, energía eléctrica consumida y el monto de alquileres devengados anuales previstos para la categoría I.

Cat. Empl. Ingrs.Rrutos
J 1 $ 235.000
K 2 $ 270.000
L 3 $ 300.000

El impuesto integrado para cada categoría es el siguiente:
CATEGORÍA LOCACIONES Y PRESTACIONESDE SERVICIOS VENTA DE COSAS MUEBLES

B $ 39 $ 39
C $ 75 $ 75
D $ 128 $ 118
E $ 210 $ 194
F $ 400 $ 310
G $ 550 $ 405
H $ 700 $ 505
I $ 1.600 $ 1.240
J - $ 2.000
K - $ 2.350
L - $ 2.700

El precio máximo unitario de venta se establece en $ 2.500
* Cuando se deje de tener la cantidad mínima de empleados en relación de dependencia, no se producirá la exclusión del régimen si se recupera dicha cantidad al mes siguiente de producida la reducción.
* Se establecen nuevas causales de exclusión del régimen vinculadas con:
a) depósitos bancarios que resulten incompatibles con los ingresos declarados;
b) las compras y los gastos vinculados a la actividad que superen el 80% o el 40% de los ingresos cuando se trate de venta de bienes o servicios, respectivamente, para las categorías I, J, K o L.
* Se precisa el momento en el que opera la exclusión como la cero hora del día en que esta se produce.
* Cuando la Administración Federal de Ingresos Públicos verifique que el contribuyente se encuentra en alguna de las causales de exclusión, labrará el acta de constatación correspondiente y comunicará al contribuyente la exclusión de pleno derecho. Esta tendrá efecto desde la cero hora en que se produjo la causal de exclusión.
* Se efectúan reducciones con respecto a las sanciones actualmente aplicables a los monotributistas.
* Se faculta a la Administración Federal de Ingresos Públicos a señalar determinadas zonas, regiones y/o actividades en las que, no obstante tener menos de 40.000 habitantes, deberá aplicarse el parámetro superficie afectada a la actividad.

En materia laboral, se establecen las siguientes modificaciones:
- Con respecto al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes se establecen los siguientes aportes:
* Con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA): $ 110.
* Con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud: $ 70.
* Aporte adicional y opcional por la incorporación de cada integrante del grupo familiar primario al Sistema Nacional del Seguro de Salud: $ 70.
Asimismo, y sin perjuicio de las prestaciones de la Seguridad Social que podrían corresponder por Prestación Básica Universal y Retiro por Invalidez o Pensión por Fallecimiento, se establece como garantía el haber mínimo dispuesto por el artículo 125 de la ley de jubilaciones y pensiones (L. 24241).
Con respecto al Régimen del Servicio Doméstico, se recepta lo establecido por la resolución general (AFIP) 2538, que determinó los importes que deberá ingresar el personal doméstico en carácter de aporte con destino al Sistema Nacional del Seguro de Salud. Por último, se establece un Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente. A través de este Régimen, las personas físicas, con ingresos anuales de hasta $ 24.000, incluidos bajo ciertas condiciones, los profesionales universitarios con una antigüedad inferior a los 2 años de graduados, gozan de la exención del ingreso del impuesto integrado y, además, sustituyen el aporte al Sistema Provisional Argentino por una cuota de inclusión social que establecerá el Poder Ejecutivo. Como contrapartida, los importes facturados por estos sujetos no podrán ser deducidos del impuesto a las ganancias.

Fecha de Norma: 17/12/2009
Boletín Oficial: 21/12/2009
Organismo: Poder Legislativo
Jurisdicción: Nacional

sábado, 26 de diciembre de 2009

Nueva Prorroga Retenciones a Monotributistas

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 2745
Monotributo. Régimen de Retención de Ganancias e IVA. Prórroga al 1/5/2010
SUMARIO: Se prorroga al 1/5/2010 la aplicación del Régimen de Retención de Ganancias e IVA aplicable a los monotributistas.
Recordamos que las citadas retenciones serán aplicables cuando, a raíz de las operaciones realizadas, los monotributistas superen los límites máximos de ingresos brutos establecidos para las categorías máximas del Régimen.

jueves, 17 de diciembre de 2009

AFIP - Nuevo Plan de Facilidades de Pago

Procedimiento Fiscal. Nuevo plan de facilidades de pago por obligaciones vencidas al 31/10/2009
La Administración Federal de Ingresos Públicos establece un nuevo plan de facilidades de pago para regularizar deudas impositivas y previsionales, sus accesorios y multas, cuyo vencimiento hubiera operado hasta el 31 de octubre de 2009. Las principales características del plan de facilidades son las siguientes:
* La cancelación de obligaciones a través del presente régimen no implica reducción y/o eximición de intereses, sanciones y/o multas.
* El plan se encontrará vigente desde el 18/12/2009 hasta el 28/2/2010.
* Podrán incluirse obligaciones vencidas al 31/10/2009, incluso cuando se encuentren en discusión administrativa o contencioso-administrativa o judicial, las retenciones y percepciones impositivas por cualquier concepto -practicadas o no- y los intereses de los anticipos y/o pagos a cuenta vencidos entre el 1/1/2008 y el 31/10/2009.
* Quedan excluidos los siguientes conceptos:
1) Anticipos y/o pagos a cuenta.
2) El impuesto al valor agregado correspondiente a las prestaciones realizadas en el exterior que se utilicen o exploten en el País -RG (AFIP) 549-.
3) Retenciones con destino a la seguridad social excepto aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia.
4) Los aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales, salvo que se trate de los correspondientes al monotributo.
5) Las cuotas de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
6) Los aportes y contribuciones de empleados de servicio doméstico.
7) La contribución mensual con destino al RENATRE.
8) Las cuotas de planes de facilidades vigentes.
9) Los intereses, multas y demás accesorios de los conceptos precedentes, salvo que se trate de los enumerados en los puntos 1 y 2.
* El número máximo de cuotas a solicitar será de 24, 23 ó 22 según se trate de acogimientos realizados en los meses de diciembre de 2009 y enero y febrero de 2010, respectivamente.
* La cuota mínima, sin considerar los intereses de financiamiento, se fija en $ 150 mensuales y será cancelada mediante débito directo el día 16 de cada mes.
* Se aplicará una tasa de interés de financiamiento del 0,8% mensual sobre los montos adeudados.
* Se podrán reformular planes de facilidades vigentes.
* El trámite de acogimiento se realizará a través de la Web de la Administración Federal de Ingresos Públicos, utilizando la opción "plan especial - deuda al 31/10/2009" del sistema "mis facilidades". La citada opción estará disponible desde el 18/12/2009.
* Caducidad: se producirá con la falta de cancelación de dos cuotas al vencimiento de la segunda de ellas o con la falta de cancelación de una cuota a los 30 días de vencida.
* Deudas en discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial: los contribuyentes deberán allanarse a la pretensión fiscal con anterioridad a la fecha de adhesión en la dependencia donde se encuentren inscriptos, presentando el F 408 Nuevo Modelo. Este formulario, una vez intervenido, deberá ser presentado ante la instancia administrativa, contencioso-administrativa o judicial en la que se sustancie la causa.
Por último, señalamos que el acogimiento al presente plan de facilidades de pago habilita a los contribuyentes a obtener el certificado fiscal para contratar con organismos del Estado -RG (AFIP) 1814.
Fuente: Errepar

sábado, 14 de noviembre de 2009

Buena gestión

8 NOV 2009 09:25h
Buena gestión
Creatividad y flexibilidad ante la falta de presupuesto

Las pymes tienen pros y contras con respecto a las corporaciones. De todos modos, algunas de ellas se colaron en el ranking GPTW.

PorAndrés López
Especial para iEco

Lo bueno suele venir en frasco chico, dice el refrán popular. Y parece que para el mundo de las mejores empresas para trabajar esta regla puede aplicarse: los resultados de esta edición del GPTW revelan que no sólo las grandes corporaciones son lugares con buen ambiente de trabajo: un club, un estudio de abogados, un restorán y un sitio de Internet también obtuvieron buenas calificaciones.

Al tener menos empleados, las pymes ofrecen contactos más estrechos con los dueños. Aunque la práctica muestra que tener buen olfato para los negocios no significa buena gestión de personal. Otro dato generalizado es la ausencia de áreas de RR. HH. Aunque hay excepciones: “En nuestro caso, tenemos un gerente de área y un equipo de tres personas”, explica Rodrigo Teijeiro, CEO y fundador de Sonico, un portal de Internet que ocupa el lugar 19 entre las 50 mejores empresas para trabajar.

En otros casos, lo que se acostumbra es que personal de otras áreas se hagan cargo del tema. “La gestión de las políticas es responsabilidad del director general y de los gerentes departamentales, pero la administración está a cargo de un profesional”, comenta Tomás Abal Gronchi, presidente del Club de Amigos.

Para Julio Caballero, socio del estudio Mitrani, Caballero, Rosso, Alba, Francia, Ojam & Ruiz Moreno, se puede hacer de otra forma: “Existen comités de seguimiento y gestión para la selección, reclutamiento, planificación de carrera, desarrollo y capacitación y eventos corporativos de los empleados”, afirma el abogado del estudio que ocupó el 36° lugar del ranking.

Al ser menos burocráticas, las pymes, además, cuentan con la ventaja de poder crear, armar e implementar acciones de manera más rápida, y corregirlas en caso de que no sean exitosas. Al respecto, Teijeiro dice:

“Tenemos los mismos desafíos que una multinacional. La clave está en encontrar al mejor talento del mercado, reclutarlo y capacitarlo”.

Sin embargo, no todo es color de rosa: el presupuesto, por lo general, suele ser estrecho y esto los obliga a ser más creativos al momento de abordar acciones. “Tenemos horario flexible, licencias especiales, descuentos en comercios y salidas grupales, entre otras”, enumera Teijeiro. En este marco, la empresa tiene que decidir, según el presupuesto, qué actividades terceriza y cuáles lleva adelante puertas adentro. “En nuestro caso, un especialista se ocupa full time de los aspectos administrativos. Pero contamos con el apoyo de un consultor externo, que diagnostica y propone oportunidades de mejora”, describe Caballero.

lunes, 9 de noviembre de 2009

¿Por que usar facebook para mi empresa?

¿Por que usar facebook para mi empresa?

1. Con mas de 300 millones de usuarios no solo encontrara a sus amigos si no también a potenciales clientes, contactos comerciales y también a su competencia.
2. Los usuarios en facebook están abiertos al contacto por lo que es fácil comenzar una conversación con potenciales y antiguos clientes.
3. Fácilmente puede adaptar su marketing a los usuarios y clientes que usen la plataforma, conociéndolos más de cerca.
4. Desarrollo de su marca en facebook . La plataforma ofrece excelentes herramientas para montar su presencia fácilmente llegando a los millones de usuarios de la red.
5. Focalice su mercado y obtenga información de sus potenciales clientes que de otra forma no podría obtener.

Bueno basta de los porque ahora nos enfocaremos en cómo lograr una presencia exitosa prácticamente sin invertir más que unas horas diarias.
¿Cómo usar Facebook en mi empresa?

Facebook dispone de 2 tipos de cuentas la primera y de uso común es la cuenta de usuario, estas son para personales reales y está prohibido el uso de la misma para fines comerciales, además estas cuentas tienen una capacidad máxima de 5000 contactos, lo cual si se quiere llegar a una gran cantidad de potenciales clientes es muy limitado. Sin embargo recomiendo la creación de una cuenta como usuarios y completar todo los datos de su perfil para ganar confianza ante los potenciales clientes. El otro tipo de cuenta es la cuenta para empresas que nos permite crear un perfil o pagina en facebook, estos perfiles son públicos y cualquiera puede acceder a ver la página incluso visitantes que no estén registrados en la plataforma. Además estas cuentas permiten a los usuarios hacerse “fans” de la misma accediendo a las publicaciones del feeds y permitiendo un contacto más directo con los clientes.

Consejos útiles:

1. Cree una cuenta o pagina para su empresa.
2. Lea los términos y condiciones para no tener problemas a futuro.
3. Integre su blog y cuenta twitter con su página facebook
4. Mantenga la información privada, de esa manera configurando sus preferencias de publicación.
5. Cree distintas listas de amigos como compañeros de trabajos, familiares, contactos comerciales etc, para acceder rápidamente a cada contacto.
6. Publique noticias en su muro habitualmente, no bombardee con noticias el muro ni escriba esporádicamente. Mantenga un nivel frecuente de escritura, sin abrumar a sus usuarios.
7. Publique fotos de su empresa y de Ud. esto refuerza la imagen de su compañía.
8. Coloque la Url de su página facebook en su email, sitio web y material de marketing.
9. Comparta artículos utiles relativos a su actividad, que puedan ser de interés para sus clientes y prospectos.
10. Encuentre mas contactos usando su libreta dedirrecciones de correo como gmail y Hotmail.
11. Use facebook Connect para integrar su sitio web con facebook.
12. Cree campañas publicitarias en facebook con Facebook Ads
13. Publique eventos a los que asistirá ud o su compañía.
14. Unase a grupos y paginas relativos a su actividad, para encontrar mas contactos comerciales y potenciales clientes.

Cómo buscar información difícil en Internet sin apenas pistas. Un caso práctico

Cómo buscar información difícil en Internet sin apenas pistas. Un caso práctico

miércoles, 21 de octubre de 2009

“La Factura Electrónica es una política de Estado”

Publicado: 02/10/2009




Digitalización
Echegaray en el Consejo: “La Factura Electrónica es una política de Estado”


En el marco de la Jornada sobre Factura Electrónica y Digitalización Documentaria organizada por la Revista Prensa Económica en la sede de nuestro Consejo, el Administrador Federal de Ingresos Públicos, Dr. Ricardo Echegaray, explicó hacia dónde se encuentra encaminada la AFIP en la estrategia de implantación de la factura electrónica y de digitalización de documentos en nuestro país.

El Dr. Echegaray remarcó no solo su sensación sino su convencimiento de que la Factura Electrónica (FE) y la digitalización de documentos forma parte de una política de Estado, es independiente de los tiempos, de los gobiernos, es parte del avance tecnológico.

El Dr. Echegaray aprovechó su exposición para comentar las cinco medidas que se lanzó desde el ente recaudador desde hace muy poco tiempo y que se están poniendo en práctica y para informar sobre otras cinco que se están estudiando.

Las cinco que ya se están implementando son:

1. Factura Electrónica para operaciones de exportación
2. Factura Electrónica par seguros de caución
3. Firma Digital de Contratos de Compraventa de Granos
4. Controladores Fiscales
5. Trazabilidad de ganado bovino

Informó el Dr. Echegaray que ahora se están incorporando las exportaciones, pero actualmente servicios de planes de salud están emitiendo comprobantes con FE a personas con existencia ideal, transmisión de televisión por cable y por vía satelital, servicio de acceso a Internet con abono mensual, servicios de telefonía móvil, servicios de transporte de caudales, servicios de seguridad, de limpieza, en general prestación de servicios de publicidad y conexos, construcción, mejoras, reparación, conservación, remodelación, también servicios profesionales cuando al año facturan más de $ 600.000, todos ellos productos que hoy están disponibles, falta el marco de obligatoriedad, pero es hacia dónde está marchando la AFIP.

En materia de exportación se viene trabajando fuertemente con la Cámara de Exportadores de la República Argentina (CERA) en un programa que contempla el actual uso opcional de la Factura Electrónica (FE), pero que va a comenzar a ser obligatoria a partir del 1º de diciembre para un determinado grupo de grandes empresas exportadoras y se prevé, en principio, que a partir del 1º de marzo de 2010 todos los operadores de comercio exterior que exporten van a tener que utilizar el sistema de FE.

Se está hablando de un volumen de facturación que en el último año fue del orden de los U$S 64.000 millones. El dato fundamental que beneficia al exportador es que con este sistema se olvida de tener que llevar la factura a la Aduana. Pasa a ser un documento que se captura electrónicamente. Otro dato saliente –que no tiene la factura común, y que es para el control fiscal- es que la FE va a tener consolidada información respecto de cuál va a ser el destino final de la mercadería y cuál el de la factura. Si se trata de una operación “triangulada” (sobre la cual no hay reparos legales), lo que le importa a la AFIP es que el valor al cual se documenta una exportación en Argentina sea equivalente al que se documenta (con un ajuste razonable, lógicamente) en el país de importación. Y que quien esté exportando le informe exactamente a la AFIP que lo que está facturando es lo que recibe e ingresa al país.

Otro dato saliente: todo lo que es FE de cara al futuro se está trabajando con codificación. La AFIP obtiene información de la persona que emite la factura, a quién le vende y el precio final, pero no tiene el contenido. Con la FE nueva, en la medida que se tengan codificados los productos con códigos de barras, se va camino a identificar los precios unitarios, a saber efectivamente en el día a cuánto se está vendiendo un producto, en qué lugar del país y tener esa información en tiempo real.

En la segunda mitad de su exposición, el Administrador Federal presentó a modo de primicia cinco nuevas medidas que todavía aún no se lanzaron, pero que en el momento en que se pongan en marcha “ayudarán a mejorar la calidad del trabajo fiscal dentro de lo que significa la formalización impositiva de muchos sectores”. Las acciones futuras son:

• Certificado Electrónico de Transferencia (CETA): Es un instrumento desarrollado en conjunto con el Registro de la Propiedad Automotor que hará obligatoria la carga en Internet de la información del comprador de automóviles usados, reemplazando al formulario papel 381 actual. En esta primera etapa, incluirá las operaciones con valor superior a los $50.000. Posteriormente, alcanzará las operaciones superiores a $40.000 y en una tercera etapa a las mayores a $30.000. Al completar la venta, esta información se incluye en el formulario de transferencia de dominio. El Certificado Electrónico de Transferencia Automotor brindará transparencia al sistema, porque registrará el mercado de compra venta de autos usados, combatiendo el mercado negro.

• Importaciones. Se establece la incorporación obligatoria de los importadores al régimen de factura electrónica: Los nuevos instrumentos electrónicos permitirán guardar registro en tiempo real de la venta de productos importados en el mercado interno.
Como resultado, los importadores simplificarán su proceso administrativo y la AFIP podrá cruzar información para detectar irregularidades en la cadena de comercialización, mejorando el control sobre los miles de millones de pesos de mercadería que ingresan anualmente al país.

• Hoteles. Otra actividad que se suma a la facturación electrónica. Alcanzará a las operaciones de ventas realizadas por Hoteles, Agentes, Intermediarios, minoristas y particulares que operan a través de Internet.
Al contar con información en tiempo real, la AFIP podrá mejorar sustancialmente la calidad de su gestión cruzando la información sistematizada de facturación con inspecciones presenciales sorpresa.

• Entidades Exentas. Nuevos Registros con renovación automática:
Las organizaciones exentas del Impuesto a las Ganancias como fundaciones, asociaciones, cooperativas y mutuales están inscriptas en un registro que las certifica como tales. Dado que en algunos casos este registro tiene fecha de vencimiento, es necesario gestionar la renovación periódicamente. Se implementará un registro con renovación automática, evitando trámites y demoras en la liquidación impositiva.

• Industria Tabacalera. Informatización de la Actividad:
En el marco de la implementación de instrumentos que permitan la trazabilidad de la producción agrícola argentina, se implementará un nuevo registro de acopiadores de tabaco que reemplazará el sistema actual, vigente desde hace más de 70 años.
A través de Internet, los acopiadores podrán presentar a la AFIP el registro de los productores de origen, precios y cantidades de sus operaciones. Y recibirán el código de autorización de tabaco y el permiso para el transporte.

• Industrias Recicladoras. Normalización de proveedores informales:
Una medida para las industrias que utilizan insumos reciclados como papel, plástico y metales. La AFIP pondrá en marcha el empadronamiento y categorización de los acopiadores e industriales de materiales reciclables, permitiendo formalizar sus operaciones. De esta manera, las industrias compradoras podrán declarar la compra de los insumos de manera transparente y efectuar retensión impositiva a los acopiadores en el caso que corresponda. A su vez, quedarán registrados los recolectores callejeros informales que proveen a los acopiadores.

Según el Dr. Echegaray, estas cinco nuevas medidas presentan el enfoque general de la gestión de la AFIP: implementar más tecnología y combinarla con mayor presencia física.

Por último, mediante la proyección de un video, presentó el Programa Matrix, que consiste en la sumatoria de dos medios tecnológicos impulsados por la AFIP este año: la Factura Electrónica y la nueva generación de controladores fiscales.

viernes, 16 de octubre de 2009

impuesto


ARBANet.
Posibilidad de modificar el importe.

Recuerde que los pagos de ARBANet -que deben realizarse durante el mes de octubre de 2009 de acuerdo a los vencimientos que seguidamente se detallan- pueden ser modificados por los contribuyentes conforme lo dispuso la resolución normativa (ARBA Bs. As.) 62/2009.

NÚMERO DE INSCRIPCIÓN

FECHA DE VENCIMIENTO

0 - 1

13/10/2009

2 - 3

14/10/2009

4 - 5

15/10/2009

6 - 7

16/10/2009

8 - 9

19/10/2009